La Asamblea Nacional de Ecuador ha dado el primer paso para tramitar una ley específica sobre activos virtuales. El Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó por unanimidad el proyecto presentado por la asambleísta Inés Alarcón y lo remitió a la Comisión de Seguridad Integral. La decisión permite iniciar el procedimiento parlamentario, pero no supone la aprobación de la norma ni crea todavía un registro o un sistema de licencias para exchanges y custodios.
Un registro obligatorio para los operadores
La propuesta pretende establecer un marco jurídico para la emisión, el intercambio, la transferencia, la custodia y la administración de activos virtuales en Ecuador. Entre sus principales medidas figura la creación de un registro obligatorio para las personas y empresas que desarrollen alguna de estas actividades o actúen como intermediarias.
Las actividades consideradas de mayor riesgo necesitarían además una autorización especial. El control se aplicaría de forma escalonada, con una supervisión más exigente a medida que aumente el riesgo asociado a cada operación o servicio.
El proyecto también plantea reforzar las obligaciones contra el lavado de dinero. Estas incluirían la debida diligencia sobre los clientes, la identificación del beneficiario final y la trazabilidad de las operaciones. En paralelo, los activos virtuales quedarían incluidos entre los bienes sobre los que el Estado puede aplicar la extinción de dominio cuando exista un origen ilícito.
La iniciativa distribuye competencias entre varias instituciones, entre ellas la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, la Superintendencia de Bancos, el Banco Central del Ecuador, la Superintendencia de Compañías (Supercias), la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), la Fiscalía General del Estado y la Función Judicial.
Qué cambiaría para las plataformas y los usuarios
Si el texto se aprobara en los términos descritos por la Asamblea, las plataformas que intercambien o custodien activos virtuales para clientes en Ecuador tendrían que inscribirse en el registro previsto. Algunas actividades podrían quedar sujetas a una autorización adicional.
Los usuarios también podrían afrontar procesos más detallados de identificación y verificación del origen de los fondos, como consecuencia de las obligaciones de diligencia y trazabilidad planteadas en el proyecto. Las autoridades dispondrían asimismo de más herramientas para seguir las operaciones y, cuando correspondiera, solicitar la aplicación de la extinción de dominio sobre criptoactivos vinculados a actividades ilícitas.
Estas consecuencias no están vigentes. El proyecto aún puede modificarse durante su examen en comisión y en los debates del pleno. Además, no se ha podido consultar el texto completo de la iniciativa, por lo que todavía no se conocen posibles requisitos de capital, plazos de adaptación o régimen de sanciones.
El trámite apenas comienza
La Comisión de Seguridad Integral debe analizar ahora la propuesta y preparar un informe para el primer debate. Después, el pleno de la Asamblea discutirá ese documento y formulará sus observaciones. La comisión elaborará entonces un nuevo informe para el segundo debate, en el que los asambleístas podrán aprobar, modificar o archivar el proyecto.
Si fuera aprobado por el pleno, pasaría a la Presidencia de la República, que podría sancionarlo o vetarlo total o parcialmente. La norma solo entraría en vigor después de su publicación en el Registro Oficial.
Ecuador ya incorporó a los proveedores de servicios de activos virtuales como sujetos obligados a reportar información a la UAFE mediante la reforma antilavado de 2024, conocida como Ley Antipillos. Esa regulación incluye datos sobre las transacciones y el beneficiario final. Sin embargo, las criptomonedas no son moneda de curso legal en el país y Ecuador todavía no cuenta con un régimen específico de registro y autorización para las plataformas. Precisamente ese vacío es el que busca abordar la iniciativa de Alarcón.










