Illinois ha respaldado, junto a varias asociaciones del sector, aplazar hasta el 1 de julio de 2027 la entrada en vigor de su controvertido impuesto sobre determinados activos digitales. La medida, que debía comenzar a aplicarse el 1 de enero, queda ahora pendiente de la decisión de un juez del condado de Sangamon.
Las partes presentaron el acuerdo procesal el 1 de octubre. La petición solicita una suspensión de seis meses mientras continúa la demanda constitucional interpuesta por The Digital Chamber y la Illinois Blockchain Association contra la ley. El director de Ingresos del estado, David Harris, y el fiscal general, Kwame Raoul, se sumaron a la solicitud, aunque Illinois mantiene su oposición a los argumentos con los que las organizaciones del sector cuestionan la norma.
A fecha del 4 de octubre, no constaba que el tribunal hubiera dictado todavía la orden. Si finalmente aprueba la suspensión, los brókeres quedarían temporalmente exentos de recaudar el impuesto y los clientes cubiertos tampoco tendrían que afrontar durante ese periodo las obligaciones asociadas a su liquidación.
Un impuesto sobre el valor de las operaciones
Illinois aprobó el impuesto sobre activos digitales en junio. La norma establece una tasa del 0,2% sobre el valor de los activos digitales involucrados en determinadas operaciones, en lugar de gravar las ganancias obtenidas por los inversores al negociar con ellos.
El diseño ha generado preocupación entre las empresas del sector por el alcance potencial de sus obligaciones. El borrador reglamentario elaborado por el Departamento de Ingresos de Illinois contempla, por ejemplo, que una retirada desde un bróker hacia un monedero bajo autocustodia pueda quedar sujeta al impuesto cuando se cumplan las condiciones previstas en la ley. En cambio, una transferencia directa que no implique a un bróker incluido en el ámbito de la norma podría quedar fuera.
Los brókeres serían responsables de recaudar y entregar el impuesto a la Administración. Además, podrían responder por las cantidades no cobradas. La ley también establece una obligación subsidiaria para los clientes: si el impuesto no se aplica en el momento de la operación, tendrían que calcularlo y abonarlo antes del día 20 del mes siguiente.
La demanda sigue abierta y las reglas aún no están cerradas
El aplazamiento no supone que Illinois reconozca que la ley es inconstitucional ni que acepte retirarla. Tampoco resuelve el litigio. La solicitud conjunta permite a ambas partes mantener sus posiciones jurídicas mientras avanzan tanto el procedimiento judicial como la elaboración de las normas de aplicación.
Para las compañías de criptomonedas, una suspensión aprobada por el juez aliviaría la presión inmediata. Las empresas tendrían seis meses adicionales antes de verse obligadas a poner en marcha sistemas de recaudación, declaración y seguimiento de las operaciones cubiertas. También se retrasaría el momento en que los clientes empezarían a asumir el impuesto en las transacciones sujetas.
El aplazamiento, sin embargo, no paralizaría necesariamente todos los trabajos de cumplimiento normativo. El borrador de las reglas continúa en fase de consulta pública, con el plazo para presentar comentarios abierto hasta el 30 de octubre. El texto todavía no ha sido remitido al secretario de Estado ni al Comité Conjunto de Normas Administrativas, por lo que algunos detalles de su aplicación siguen sin estar definidos.
Las partes han pedido además trasladar al 13 de noviembre el plazo del estado para responder a la demanda. Antes de que termine el año, el sector afrontará así dos incertidumbres distintas: si el tribunal concede la suspensión acordada y qué cambios introducirá el Departamento de Ingresos en el reglamento tras revisar las aportaciones recibidas.
Mientras tanto, la ley continúa formalmente vigente y el desafío constitucional sigue su curso. La eventual pausa solo modificaría el calendario de recaudación, no el desenlace legal del impuesto.











