La Commodity Futures Trading Commission (CFTC) ha actualizado su guía sobre activos digitales y tecnología blockchain para aclarar dos usos concretos dentro de las entidades reguladas: la inversión de fondos de clientes en activos tokenizados y la conservación de registros mediante redes distribuidas. La revisión, publicada el 24 de septiembre, acerca estas infraestructuras a las operaciones tradicionales de los mercados de derivados estadounidenses, aunque mantiene intactas las obligaciones de custodia, control y gestión de riesgos.
Activos tokenizados con derechos equivalentes
La agencia señala que las firmas bajo su supervisión pueden invertir fondos de clientes en la versión tokenizada de un activo que ya esté considerado una inversión permitida. Para ello, el token debe proporcionar al titular derechos legales y económicos iguales o funcionalmente equivalentes a los del activo en su formato tradicional. También debe mantenerse de forma adecuada.
La precisión resulta relevante porque la mera vinculación de un token al precio de un activo no garantiza que ambos instrumentos otorguen los mismos derechos. La actualización, por tanto, no convierte automáticamente cualquier representación digital en una inversión admisible para una entidad regulada. El tratamiento dependerá de las características jurídicas y económicas del token y de las condiciones en las que se conserve.
La CFTC ya había abordado parte de estas cuestiones en diciembre de 2025, mediante la Staff Letter 25-39. Aquel documento fijó criterios para utilizar activos tokenizados como garantía en operaciones de futuros y swaps, con referencias a la liquidez, la calidad crediticia, la exigibilidad legal, la custodia, el control, la valoración y la gestión de riesgos. La nueva guía amplía ese marco al uso de estos activos en la inversión de fondos de clientes.
La blockchain como registro regulatorio
El segundo cambio afecta a la infraestructura tecnológica. El personal de la CFTC indicó que no objetaría el uso de blockchain o de tecnología de registros distribuidos para crear y conservar registros en cadena destinados a cumplir determinadas obligaciones regulatorias.
En la práctica, esto permite que una red distribuida forme parte del sistema utilizado para demostrar, almacenar y recuperar la información que las normas exigen conservar. La cuestión deja de ser si una empresa puede emplear blockchain y pasa a centrarse en si el sistema garantiza la integridad, disponibilidad, conservación y recuperación de los datos.
La guía diferencia entre redes privadas y públicas. En determinadas condiciones, una entidad que utilice una red privada podría no necesitar mantener una copia adicional de los registros fuera de la cadena. En las redes públicas y permissionless, en cambio, deberá contar con controles que permitan conservar y producir la información en cualquier circunstancia, incluso ante una interrupción o una emergencia.
La descentralización no elimina la responsabilidad de la empresa regulada. Que los datos sean visibles públicamente no significa, por sí solo, que se cumplan las obligaciones de conservación documental. La entidad debe poder acceder a la información requerida y entregarla cuando sea necesario.
Más claridad mientras sigue pendiente una ley integral
La actualización forma parte de una serie de actuaciones de la CFTC sobre activos digitales. En marzo de 2026, la agencia publicó una primera ronda de preguntas frecuentes sobre criptoactivos y blockchain, apoyada también en la guía de diciembre sobre garantías tokenizadas. Su presidente, Michael S. Selig, afirmó que estaba satisfecho con la actualización como parte de los esfuerzos para ofrecer mayor claridad regulatoria al sector.
El movimiento llega mientras el Congreso mantiene pendiente una legislación más amplia sobre la estructura del mercado de criptomonedas. El 15 de septiembre, el Senado no logró reunir los 60 votos necesarios para avanzar el CLARITY Act: el resultado fue de 50 a 49. El proyecto pretendía establecer un marco para los activos digitales y delimitar las competencias de la SEC y la CFTC.
La actuación de la CFTC no sustituye a esa legislación. Se limita a precisar cómo pueden aplicarse las normas existentes a herramientas basadas en blockchain. En paralelo, la SEC anunció en septiembre una exención de cinco años para determinadas plataformas que negocien acciones tokenizadas, bajo condiciones como la equivalencia de derechos económicos y de voto.
El criterio que emerge es funcional: los activos tradicionales pueden representarse mediante tokens y ciertos registros pueden mantenerse onchain, pero la tecnología no rebaja las exigencias regulatorias. Para las empresas supervisadas, la tokenización modifica la infraestructura de una actividad que sigue estando plenamente regulada.










