La Commodity Futures Trading Commission (CFTC) ha actualizado sus preguntas frecuentes sobre activos digitales y tecnología blockchain para aclarar dos cuestiones con impacto directo en las entidades reguladas: cuándo pueden invertir fondos de clientes en activos tokenizados y bajo qué condiciones pueden utilizar una red distribuida para conservar registros regulatorios.
La revisión, publicada el 24 de septiembre, no crea una nueva categoría financiera ni autoriza de forma general el uso de cualquier token. El criterio de la agencia se apoya en las normas existentes y exige que la representación digital mantenga unas características jurídicas, económicas y operativas equivalentes a las del activo tradicional.
Qué condiciones deben cumplir los activos tokenizados
Según la actualización, las firmas bajo supervisión de la CFTC pueden invertir fondos de clientes en la versión tokenizada de un activo que ya esté considerado una inversión permitida. Para ello, el token debe proporcionar al titular derechos legales y económicos iguales o funcionalmente equivalentes a los que tendría el propietario del activo en su formato convencional.
La forma en que se mantiene el activo también resulta determinante. La agencia subraya que no basta con que un token siga el precio de una acción, un instrumento financiero u otro activo tradicional. La equivalencia debe alcanzar también a los derechos asociados y a las condiciones de custodia y control.
La aclaración amplía el contexto establecido en diciembre de 2025 por la Staff Letter 25-39, que abordó el uso de activos tokenizados como garantía en operaciones de futuros y swaps. Aquel documento incluía aspectos como la liquidez, la calidad crediticia, la exigibilidad legal, la custodia, la valoración y la gestión de riesgos. La nueva guía se centra específicamente en la inversión de fondos de clientes en activos permitidos representados mediante tokens.
La blockchain puede formar parte del registro regulatorio
La segunda novedad afecta a la infraestructura tecnológica. El personal de la CFTC indicó que no objetaría el uso de blockchain o de tecnología de registros distribuidos para crear y conservar registros en cadena destinados a cumplir las obligaciones regulatorias de mantenimiento y conservación de información.
En la práctica, esto significa que una entidad regulada podría utilizar el propio registro distribuido para demostrar, almacenar y recuperar determinados datos exigidos por la normativa. La cuestión ya no es si una empresa emplea blockchain, sino si el sistema elegido garantiza la integridad, disponibilidad, conservación y recuperación de la información.
La guía distingue entre redes privadas y redes públicas o permissionless. En una red privada, la entidad podría no tener que mantener una copia adicional de los registros fuera de la blockchain, siempre que se cumplan las condiciones aplicables. En las redes públicas, en cambio, deberá disponer de sistemas y controles que permitan conservar y producir los registros incluso ante una interrupción, una emergencia o un fallo de la infraestructura.
La descentralización, por tanto, no elimina las responsabilidades de la empresa regulada. Que los datos sean visibles en una red pública no garantiza por sí solo el cumplimiento de las obligaciones documentales. La entidad debe poder acceder a ellos, conservarlos y entregarlos cuando sea necesario.
Un paso más en la integración de activos tokenizados
La decisión llega mientras Estados Unidos sigue sin contar con una legislación integral sobre la estructura del mercado de criptoactivos. El Senado no logró avanzar el CLARITY Act el 15 de septiembre, tras una votación de 50-49 y sin alcanzar los 60 votos necesarios. El proyecto pretendía establecer un marco para los activos digitales y delimitar las competencias de la SEC y la CFTC.
En ese contexto, la agencia está utilizando sus facultades actuales para resolver cuestiones concretas. En marzo de 2026 publicó una primera ronda de preguntas frecuentes sobre criptoactivos y blockchain, después de que la SEC y la propia CFTC difundieran una interpretación conjunta sobre la aplicación de las leyes federales de valores a determinados activos digitales y operaciones relacionadas.
La actualización también coincide con una exención de cinco años anunciada por la SEC para determinadas plataformas que negocien acciones tokenizadas. En ambos casos, el enfoque pasa por integrar herramientas basadas en blockchain en estructuras financieras existentes, siempre que se mantengan los derechos del instrumento subyacente y las obligaciones de custodia, control, gestión de riesgos y conservación de información.
El presidente de la CFTC, Michael S. Selig, afirmó que estaba satisfecho con la actualización de las preguntas frecuentes como parte de los esfuerzos de la agencia para aportar mayor claridad regulatoria. La señal para el mercado es concreta: la tokenización puede incorporarse a actividades reguladas, pero el tratamiento dependerá de la equivalencia funcional del activo y de la capacidad de la entidad para cumplir las reglas vigentes.








