La Commodity Futures Trading Commission (CFTC) ha actualizado su guía sobre activos digitales y tecnología blockchain para aclarar dos cuestiones relevantes para las entidades reguladas en Estados Unidos: cuándo pueden invertir fondos de clientes en activos tokenizados y bajo qué condiciones pueden utilizar una red blockchain para conservar registros regulatorios.
La revisión, publicada el 24 de septiembre, no crea una nueva categoría de activos ni supone una autorización general para trasladar cualquier proceso a una cadena de bloques. La agencia precisa cómo pueden aplicarse las normas existentes a instrumentos y sistemas basados en esta tecnología, en un momento en el que la tokenización de activos financieros gana peso en el mercado estadounidense.
Los tokens deberán mantener los derechos del activo original
La CFTC señala que las firmas bajo su supervisión pueden invertir fondos de clientes en la versión tokenizada de un activo que ya figure entre las inversiones permitidas. Para ello, el token debe otorgar al titular derechos legales y económicos iguales o funcionalmente equivalentes a los que tendría quien poseyera el activo en su formato tradicional.
También será necesario que el activo se mantenga de forma adecuada. La precisión es importante porque un token que replica el precio de un instrumento no ofrece necesariamente los mismos derechos jurídicos o económicos. Por tanto, la representación digital no se convierte automáticamente en una inversión admisible solo por estar vinculada a un activo tradicional.
La actualización amplía el marco que la CFTC había establecido en diciembre de 2025 mediante la Staff Letter 25-39. Aquel documento abordó el uso de activos tokenizados como garantía en operaciones de futuros y swaps, con referencias a aspectos como la liquidez, la custodia, el control, la valoración, la exigibilidad legal y la gestión de riesgos. La nueva guía se centra específicamente en la inversión de fondos de clientes.
Blockchain como infraestructura para los registros regulatorios
El segundo cambio afecta a la conservación de información. La CFTC indicó que su personal no objetaría el uso de blockchain o de tecnología de registros distribuidos para crear y mantener registros en cadena destinados a cumplir determinadas obligaciones regulatorias.
En la práctica, esto permite que una entidad regulada utilice el propio registro distribuido como parte del mecanismo para conservar, demostrar y recuperar la información exigida por las normas de la agencia. La cuestión deja de ser si una empresa puede emplear blockchain y pasa a centrarse en si la infraestructura garantiza la integridad, disponibilidad, conservación y recuperación de los datos.
La guía distingue entre redes privadas y públicas. En determinadas condiciones, una entidad que utilice una red privada podría no tener que mantener una copia adicional de los registros fuera de la cadena. En las redes públicas y permissionless, en cambio, deberá disponer de sistemas y controles que permitan conservar y producir la información en cualquier circunstancia, incluso si se produce una interrupción o una emergencia.
La descentralización, por tanto, no elimina las responsabilidades de la empresa regulada. Que un dato sea visible en una blockchain no significa por sí mismo que se hayan cumplido las obligaciones de conservación documental o que la entidad pueda entregarlo cuando sea necesario.
Un paso dentro de una regulación aún incompleta
La actualización forma parte de una sucesión de iniciativas de la CFTC sobre criptoactivos y blockchain. En marzo de 2026, la agencia publicó una primera ronda de preguntas frecuentes para aportar claridad a los participantes regulados. El presidente de la CFTC, Michael S. Selig, afirmó que estaba satisfecho con la actualización de esas cuestiones dentro de los esfuerzos de la agencia por ofrecer mayor claridad al sector.
El movimiento llega después de que el Senado estadounidense no lograra avanzar el CLARITY Act. El 15 de septiembre, el proyecto obtuvo 50 votos frente a 49, sin alcanzar los 60 necesarios para continuar su tramitación. La iniciativa pretendía establecer un marco más amplio para los activos digitales y delimitar las competencias de la SEC y la CFTC.
Mientras el Congreso mantiene pendiente una legislación integral, los reguladores están utilizando las competencias ya existentes para resolver cuestiones concretas. La CFTC permite así que los activos tokenizados y los registros onchain se integren en determinadas operaciones de los mercados de derivados, pero mantiene intactas las exigencias de custodia, control, segregación, gestión de riesgos y conservación de información.










