La Commodity Futures Trading Commission (CFTC) ha actualizado su guía sobre activos digitales y tecnología blockchain para aclarar dos cuestiones relevantes para las entidades reguladas en Estados Unidos: cuándo pueden invertir fondos de clientes en activos tokenizados y bajo qué condiciones pueden utilizar una red blockchain para conservar registros regulatorios.
La actualización, publicada el 24 de septiembre, no crea una nueva categoría de activos ni supone una autorización general para trasladar cualquier proceso a una cadena de bloques. La agencia aplica sus normas existentes a casos concretos y subraya que la tecnología solo resulta válida si la empresa sigue cumpliendo sus obligaciones legales, operativas y de gestión de riesgos.
Los activos tokenizados deberán conservar los derechos del activo original
La CFTC señala que las firmas bajo su supervisión pueden invertir fondos de clientes en la representación tokenizada de un activo que ya esté considerado una inversión permitida. Para ello, el token debe otorgar a su titular derechos legales y económicos iguales o funcionalmente equivalentes a los que tendría quien poseyera el activo en su formato tradicional.
También debe mantenerse de forma adecuada. Este requisito introduce una diferencia importante entre la tokenización jurídicamente respaldada y los instrumentos que simplemente siguen el precio de otro activo. Que un token replique la evolución de un valor tradicional no significa, por sí solo, que ofrezca los mismos derechos ni que pueda recibir automáticamente el mismo tratamiento regulatorio.
La nueva precisión amplía el marco que la CFTC había comenzado a definir en diciembre de 2025 con la Staff Letter 25-39. Aquel documento abordaba el uso de activos tokenizados como garantía en operaciones de futuros y swaps, con referencias a aspectos como liquidez, calidad crediticia, custodia, control, valoración, exigibilidad legal y gestión de riesgos. La actualización se centra ahora en la inversión de fondos de clientes en activos permitidos representados mediante tokens.
Blockchain como infraestructura para los registros regulatorios
El segundo cambio afecta al uso de tecnología de registros distribuidos. La CFTC indicó que su personal no objetaría que las entidades utilicen blockchain para crear y conservar registros en cadena destinados a cumplir las obligaciones regulatorias de mantenimiento de información.
En la práctica, esto permite que una red distribuida forme parte del sistema utilizado para demostrar, almacenar y recuperar determinados datos exigidos por la normativa. El criterio de la agencia es funcional: no importa únicamente si la infraestructura es una blockchain, sino si permite garantizar la integridad, disponibilidad, conservación y recuperación de los registros cuando sea necesario.
La guía diferencia, además, entre redes privadas y públicas o permissionless. En una red privada, la entidad podría no tener que conservar una copia adicional fuera de la blockchain, dependiendo de las condiciones aplicables. En las redes públicas, en cambio, deberá contar con sistemas y controles que permitan conservar y producir los registros incluso ante una interrupción, una emergencia o un fallo de la red.
La descentralización, por tanto, no elimina la responsabilidad de la empresa regulada. Que los datos sean visibles en una cadena pública no garantiza que la entidad pueda cumplir con sus obligaciones documentales. La compañía debe mantener el control suficiente para acceder a la información, conservarla y entregarla cuando corresponda.
Más claridad regulatoria mientras sigue pendiente una ley amplia
La decisión se enmarca en una serie de actuaciones de la CFTC sobre activos digitales y blockchain. En marzo de 2026, la agencia publicó una primera ronda de preguntas frecuentes sobre el uso de estas tecnologías por parte de participantes regulados. Su presidente, Michael S. Selig, afirmó que valoraba la actualización como parte de los esfuerzos para aportar mayor claridad a la industria de las criptomonedas.
El movimiento llega mientras el Congreso estadounidense mantiene pendiente una legislación integral sobre la estructura del mercado de activos digitales. El Senado no logró avanzar el CLARITY Act el 15 de septiembre, al no alcanzar los 60 votos necesarios: el resultado fue de 50-49. El proyecto pretendía definir un marco para los activos digitales y delimitar las competencias de la SEC y la CFTC.
En ausencia de ese marco legislativo, los reguladores están utilizando sus facultades actuales para resolver cuestiones operativas. La SEC también anunció en septiembre una exención de cinco años para determinadas plataformas que negocien acciones tokenizadas, bajo condiciones relacionadas, entre otros aspectos, con la equivalencia de derechos frente a las acciones tradicionales.
El mensaje común es que la tokenización puede integrarse en los mercados regulados, pero no sustituye el cumplimiento normativo. Para las empresas supervisadas por la CFTC, el valor de la actualización está en precisar cuándo un token conserva la naturaleza jurídica y económica del activo subyacente y qué controles debe reunir una blockchain para funcionar como registro oficial.










