La Commodity Futures Trading Commission (CFTC) ha actualizado su guía sobre activos digitales y tecnología blockchain para aclarar dos usos concretos dentro de las entidades reguladas: la inversión de fondos de clientes en activos tokenizados y la utilización de redes distribuidas para conservar registros exigidos por la normativa.
La revisión, publicada el 24 de septiembre, no crea una nueva categoría financiera ni supone una autorización general para operar con cualquier token. Su alcance es más preciso: determina bajo qué condiciones las empresas supervisadas por la CFTC pueden integrar herramientas basadas en blockchain en actividades que ya están reguladas.
Activos tokenizados con derechos equivalentes
La agencia señala que una firma puede invertir fondos de clientes en la versión tokenizada de un activo que ya figure entre las inversiones permitidas. Para ello, la representación digital debe ofrecer al titular derechos legales y económicos iguales o funcionalmente equivalentes a los del activo tradicional.
El activo subyacente también debe mantenerse de forma adecuada. Por tanto, que un token replique el precio de una acción, un instrumento financiero u otro activo no basta por sí solo para que sea admisible. La consideración regulatoria dependerá de los derechos que incorpore, de la estructura jurídica utilizada y de las condiciones de custodia y conservación.
La actualización amplía el trabajo iniciado por la CFTC en diciembre de 2025 con la Staff Letter 25-39, centrada en el uso de activos tokenizados como garantía en operaciones de futuros y swaps. Aquel documento abordó cuestiones como la liquidez, la calidad crediticia, la exigibilidad legal, la custodia, el control, la valoración y la gestión de riesgos. La nueva guía se ocupa específicamente de la inversión de fondos de clientes en versiones tokenizadas de activos permitidos.
Blockchain como infraestructura de registro
El segundo cambio afecta a la conservación de información regulatoria. El personal de la CFTC ha indicado que no objetaría el uso de blockchain o de tecnología de registros distribuidos para crear y mantener registros en cadena destinados a cumplir determinadas obligaciones de documentación y archivo.
Esto abre la puerta a que una entidad regulada utilice el propio registro distribuido como parte de sus sistemas para demostrar, conservar y recuperar datos. La cuestión deja de ser si una empresa puede emplear blockchain y pasa a centrarse en si la infraestructura garantiza la integridad, disponibilidad y recuperación de la información exigida.
La guía distingue entre redes privadas y redes públicas o permissionless. En determinadas condiciones, una entidad que utilice una red privada podría no tener que conservar una copia adicional de los registros fuera de la blockchain. En las redes públicas, en cambio, deberá contar con controles que permitan conservar y producir la información en cualquier circunstancia, también ante una interrupción de la red o una emergencia.
La descentralización, por tanto, no elimina las obligaciones de la empresa regulada. El hecho de que los datos sean visibles en una blockchain pública no garantiza que la entidad pueda acceder a ellos, preservarlos o entregarlos cuando la normativa lo requiera.
Más claridad mientras sigue pendiente una ley amplia
La decisión se enmarca en una serie de actuaciones de los reguladores estadounidenses sobre activos digitales. En marzo de 2026, la CFTC publicó una primera ronda de preguntas frecuentes sobre criptoactivos y blockchain, después de haber establecido criterios para las garantías tokenizadas. El presidente de la agencia, Michael S. Selig, afirmó que la actualización forma parte de los esfuerzos para aportar mayor claridad regulatoria a la industria.
El movimiento llega además después de que el Senado no lograra avanzar el CLARITY Act. El 15 de septiembre, el proyecto obtuvo 50 votos a favor y 49 en contra, sin alcanzar los 60 necesarios. La iniciativa pretendía establecer un marco más amplio para los activos digitales y delimitar las competencias de la SEC y la CFTC.
Mientras ese proceso legislativo permanece bloqueado, la CFTC está aplicando sus competencias existentes a cuestiones operativas concretas. La orientación no elimina los requisitos de custodia, segregación, control, gestión de riesgos ni conservación de registros. Su mensaje es más limitado: los activos tokenizados y la infraestructura onchain pueden integrarse en los mercados regulados cuando mantengan la equivalencia funcional y permitan cumplir las obligaciones vigentes.











