Corea del Sur prevé autorizar desde el 4 de febrero de 2027 la emisión y negociación de acciones, bonos, fondos y otros valores mediante infraestructura blockchain. El plan del supervisor financiero, la FSC, supondría incorporar la tokenización al mercado de capitales regulado de uno de los principales centros financieros de Asia, aunque su aplicación inicial será limitada y estará orientada sobre todo a los inversores institucionales.
La medida no significa que todos los activos financieros surcoreanos vayan a trasladarse de inmediato a una blockchain. La implantación comenzará con determinados productos y bajo un marco de supervisión financiera similar al vigente. Entre los instrumentos contemplados en la primera fase figuran los fondos monetarios privados, los bonos y algunas acciones no cotizadas. El programa también incluye las inversiones fraccionadas, que permiten dividir un activo en participaciones de menor tamaño.
Una primera fase centrada en inversores institucionales
Corea del Sur cuenta con un mercado de capitales de gran dimensión. El valor de sus acciones cotizadas alcanzó aproximadamente los 4,89 billones de dólares en 2026. Precisamente por el tamaño del mercado, el Gobierno ha optado por una introducción gradual de los valores tokenizados, en lugar de abrir desde el principio esta modalidad a todos los participantes.
La tokenización consiste en representar un producto financiero tradicional en formato digital, de modo que su emisión, registro de titularidad y transferencia puedan gestionarse mediante infraestructura blockchain. En teoría, este modelo puede hacer más eficiente la administración de los activos y facilitar determinadas operaciones. Sin embargo, el proyecto surcoreano no plantea utilizar la tecnología para reducir los controles existentes.
La intención de las autoridades es mantener en gran medida la normativa financiera actual y añadir la blockchain como una nueva capa tecnológica dentro del sistema regulado. Las empresas que emitan valores tokenizados por su cuenta o administren cuentas de clientes deberán cumplir, entre otras condiciones, requisitos de capital, obligaciones de cumplimiento normativo y exigencias relacionadas con la tecnología.
Límites para los minoristas y una posible fase de pagos con stablecoins
La eventual apertura al conjunto del mercado estará acompañada de restricciones específicas. Para los inversores minoristas, el plan contempla un límite anual de compras de unos 74.000 dólares por plataforma de negociación. La fuente no precisa cuándo se produciría esa ampliación ni bajo qué calendario exacto, pero sí señala que la prioridad inicial serán los participantes institucionales.
El proyecto podría incorporar más adelante una segunda dimensión: el uso de stablecoins para pagar y liquidar las operaciones. La decisión todavía no está tomada. La FSC quiere observar primero el funcionamiento de la fase inicial y espera nuevos avances legislativos sobre estos activos digitales antes de autorizar su utilización en las liquidaciones.
Si finalmente se aprobara, el cambio permitiría que no solo el valor financiero estuviera registrado en formato digital sobre una infraestructura blockchain. También podría liquidarse la operación con dólares digitales u otras stablecoins. Esa combinación modificaría parte del proceso posterior a la negociación, aunque su alcance dependerá de las normas que se adopten.
Un marco regulado para la tecnología blockchain
La iniciativa sitúa a Corea del Sur dentro de la tendencia de los mercados tradicionales que experimentan con la tokenización de activos financieros. Su particularidad es que el país pretende desarrollar un marco legal específico para incorporar esta tecnología al mercado de capitales existente, sin sustituir la supervisión financiera.
Por ahora, el calendario anunciado por la FSC apunta al 4 de febrero de 2027 y a un despliegue progresivo. El alcance definitivo dependerá de la evolución de la primera fase, de la regulación aplicable a las empresas participantes y, en el caso de las stablecoins, de las futuras decisiones legislativas.










