La Commodity Futures Trading Commission (CFTC) ha actualizado su guía sobre activos digitales y tecnología blockchain para aclarar que las firmas reguladas pueden invertir fondos de clientes en versiones tokenizadas de activos permitidos. La agencia también admite que determinadas obligaciones de registro y conservación de información se cumplan mediante redes blockchain, siempre que las entidades mantengan los controles exigidos por la normativa.
La actualización, publicada el 24 de septiembre, amplía el margen para integrar infraestructura basada en registros distribuidos en operaciones tradicionales de los mercados de derivados estadounidenses. No crea una nueva categoría de activos ni elimina los requisitos regulatorios existentes: precisa cómo pueden utilizarse herramientas digitales dentro de estructuras ya supervisadas por la CFTC.
Los tokens deberán conservar los derechos del activo original
Uno de los principales cambios afecta al uso de activos tokenizados como inversión de fondos de clientes. Las empresas bajo supervisión de la CFTC podrán invertir en la representación tokenizada de un activo que ya esté considerado una inversión permitida, pero solo si se cumplen determinadas condiciones.
La representación digital debe otorgar al titular derechos legales y económicos iguales o funcionalmente equivalentes a los que tendría quien poseyera el activo en su formato tradicional. Además, el activo debe mantenerse de forma adecuada. Por tanto, no cualquier token que siga el precio de un instrumento convencional será automáticamente admisible para una entidad regulada.
La cuestión central no es únicamente la tecnología empleada, sino las características jurídicas y económicas del token y las condiciones de custodia y control. La CFTC ya había abordado parte de este asunto en su Staff Letter 25-39, publicada en diciembre de 2025, sobre el uso de activos tokenizados como garantía en operaciones de futuros y swaps. Aquel documento incluía aspectos como liquidez, calidad crediticia, exigibilidad legal, custodia, valoración y gestión de riesgos.
La blockchain podrá formar parte del registro regulatorio
La segunda aclaración se refiere al uso de blockchain o de tecnología de registros distribuidos para crear y conservar información regulatoria en cadena. El personal de la CFTC no objetaría este uso cuando permita cumplir las obligaciones aplicables a la conservación de registros y datos.
El cambio abre la puerta a que el propio registro distribuido forme parte de los sistemas utilizados para demostrar, mantener y recuperar la información que las normas exigen conservar. La cuestión deja de ser si una entidad puede emplear blockchain y pasa a ser si la infraestructura elegida garantiza la integridad, disponibilidad y recuperación de los datos.
La guía distingue entre redes privadas y públicas. En determinadas condiciones, una entidad que utilice una red privada podría no necesitar conservar una copia adicional de los registros fuera de la blockchain. En las redes públicas y permissionless, en cambio, deberá disponer de sistemas y controles que permitan conservar y producir la información en cualquier circunstancia, incluida una interrupción de la red o una emergencia.
La descentralización, por tanto, no exime de responsabilidad a las empresas reguladas. Que los datos estén disponibles públicamente no significa que la entidad pueda demostrar por sí sola que cumple sus obligaciones de conservación documental.
La CFTC avanza mientras el Congreso mantiene pendiente una ley amplia
La actualización llega en un momento de creciente interés por la tokenización de activos financieros en Estados Unidos. La CFTC está utilizando sus competencias y las normas existentes para resolver cuestiones operativas, mientras el Congreso mantiene pendiente una legislación más amplia sobre la estructura del mercado de criptomonedas.
El Senado no logró avanzar el CLARITY Act el 15 de septiembre, después de no alcanzar los 60 votos necesarios. El resultado fue de 50-49. El proyecto buscaba establecer un marco para los activos digitales y delimitar las competencias de la Securities and Exchange Commission (SEC) y la CFTC.
La agencia también continúa una línea de trabajo iniciada con sus preguntas frecuentes de marzo de 2026 y con la guía de diciembre de 2025 sobre garantías tokenizadas. En paralelo, la SEC anunció en septiembre una exención de cinco años para determinadas plataformas que negocien acciones tokenizadas, bajo condiciones relacionadas, entre otros aspectos, con la equivalencia de derechos económicos y de voto.
El mensaje común de estas actuaciones es que ciertos instrumentos basados en blockchain pueden integrarse en los mercados regulados sin abandonar el marco jurídico existente. Para las empresas supervisadas por la CFTC, el cambio ofrece claridad sobre dos usos concretos: invertir en determinados activos tokenizados y utilizar blockchain para conservar registros. En ambos casos, la tokenización modifica la infraestructura, pero no sustituye las obligaciones de custodia, control, gestión de riesgos y cumplimiento regulatorio.










