La Unión Europea se ha convertido en la primera organización del mundo en aprobar una legislación exhaustiva sobre las criptomonedas, aportando una claridad muy necesaria al sector.
La exención de los airdrops y los tokens nativos de blockchain, la regulación del dinero electrónico para las stablecoins y los libros blancos prescritos son algunas de las principales características distintivas de la nueva ley sobre Mercados de Criptoactivos (MiCA).
«Con el fin de garantizar un enfoque proporcionado, ningún requisito del presente Reglamento debe aplicarse a la oferta de criptoactivos, distintos de los tokens referenciados a activos o los tokens de dinero electrónico, que se ofrecen de forma gratuita o que se crean automáticamente como recompensa por el mantenimiento de la DLT o la validación de transacciones en el contexto de un mecanismo de consenso», dice la ley, añadiendo:
Al hacer una oferta pública de criptoactivos, distintos de los tokens referenciados a activos o los tokens de dinero electrónico, en la Unión o al solicitar la admisión de criptoactivos a negociación en una plataforma de negociación para dichos criptoactivos, los oferentes o las personas que soliciten la admisión a negociación deberán presentar, notificar a su autoridad competente y publicar un documento informativo («un libro blanco de criptoactivos») que contenga información obligatoria.
Dicho libro blanco de criptoactivos debe contener información general sobre el emisor, oferente o persona que solicita la admisión a cotización, sobre el proyecto que se llevará a cabo con el capital obtenido, sobre la oferta pública de criptoactivos o sobre su admisión a cotización en una plataforma de negociación de criptoactivos, sobre los derechos y obligaciones vinculados a los criptoactivos, sobre la tecnología subyacente utilizada para dichos activos y sobre los riesgos relacionados.
Para las stablecoins «la función de dichos criptoactivos es muy similar a la función del dinero electrónico, tal como se define en el artículo 2, punto 2, de la Directiva 2009/110/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.» Así que los definen como dinero electrónico y aplican esa Directiva.
Las NFT están exentas de esta ley, por lo que el arte puede seguir floreciendo en Europa y es probable que el Reino Unido adopte un enfoque muy similar.
Fuera de la SEC, dentro de Europa
La aprobación de esta ley se produce mientras el sector de las criptomonedas mantiene una encarnizada batalla con la Comisión del Mercado de Valores de Estados Unidos (SEC), que se libra en numerosos tribunales y comités.
A diferencia del enfoque basado en la opinión del actual director de la SEC, la UE está aplicando el Estado de Derecho y está siguiendo el debido proceso.
De una manera razonable por lo que podemos ver, aunque debemos admitir que aún no hemos leído la totalidad de las 376 páginas del documento adjunto.
A primera vista, la ley tiene un tono cálido, al afirmar que «al agilizar los procesos de obtención de capital y aumentar la competencia, las ofertas de criptoactivos pueden permitir una forma innovadora e inclusiva de financiación, también para las pequeñas y medianas empresas (PYME)».
Afirma que el marco «debe permitir a los proveedores de servicios de criptoactivos ampliar su negocio a escala transfronteriza y facilitarles el acceso a los servicios bancarios para desarrollar sus actividades sin problemas».
Además, esto se aplica a toda la Unión Europea, un mercado de unos 14 billones de dólares. Otros vecinos de la UE, como Noruega, Suiza o el Reino Unido, seguirán un planteamiento similar, con lo que en conjunto se trata de un mercado de unos 20 billones de dólares que en gran medida logra el equilibrio adecuado.
La exención de los airdrops es bastante importante, ya que aporta certidumbre a los defensores por la que estos tokens suministrados no son valores y ni siquiera tienen que publicar un libro blanco prescrito, porque por lo general estos tokens son repartidos cuando ya hay una plataforma en funcionamiento que tiende a tener un código fuente abierto, por lo que es mucho mejor que un libro blanco.
Esta ley facilita la formación de capital en criptofronteras innovadoras al no exigir el registro en el nuevo y próximo equivalente de la SEC, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).
En su lugar, estos empresarios sólo tienen que publicar un libro blanco prescrito, lo que solían hacer de todos modos, pero ahora existe el martillo potencial de la ley, ya que el libro blanco tiene que ser preciso.
La exención de las NFT aporta certidumbre a este nuevo ámbito, e incluso en lo que respecta a las stablecoins, no se cerrará ningún bUSD, ya que pueden seguir las directrices, al igual que lo hacen las nuevas empresas de stablecoins en euros.
El resto es lo que cabría esperar en lo que respecta a la necesidad de que las bolsas sean sólidas para que su director general no se limite a tomar o «prestar» los fondos de sus clientes, y si la formación de capital es por una entidad centralizada o de una manera centralizada, entonces es un valor al igual que con los valores reales.
En cambio, en EE.UU., debido a la total incertidumbre y a las polémicas de Gary Gensler, todo es un valor, incluso las fotos de gatos.
Pero los empresarios de este sector ya no tienen que preocuparse por Estados Unidos. Existe un enorme mercado global que tiene el peso de establecer normas globales, como demuestran esas pancartas que ahora se encuentran por todas partes, y dentro de él hay unos 27 Estados miembros con sus propias normas fiscales, como la ausencia de plusvalías si se mantiene durante un año en Alemania.
Puedes elegir cualquiera de ellos, y así de fácil el «no innovaremos por ti» de la SEC se convierte en la pesadilla que era y ya no es.
En su lugar entra la ESMA. Esta legislación MiCA es un gran paso también para Europa, ya que finalmente las finanzas se están realizando a nivel europeo.
Han estado intentando y siguen intentando conseguir una unión bancaria, una unión de capitales, pero las cosas siguen avanzando muy lentamente, incluso en las acciones.
Por ejemplo, es difícil obtener información pública de las empresas europeas que cotizan en bolsa sin pasar por la interfaz de usuario de las SEC de los Estados miembros, que suele ser muy ineficaz y supone una barrera incluso para alguien como nosotros, que nos dedicamos a la información.
Tarde o temprano, la ESMA se hará cargo de este aspecto porque es necesario para que los mercados de capitales de la UE se completen, pero en lo que respecta a la criptoindustria, no tenemos que esperar más ya que llegamos a ser los primeros en experimentar la unión de capitales en aspectos cripto.
Se trata de un paso sutil para Europa, pero bastante grande en su posición actual, y en lo que respecta a las sociedades de capital riesgo, los empresarios y muchas otras cosas, Europa es ahora el lugar donde hay que estar para el cripto global.
Para leer el borrador de la aprobada ley MiCA, haz click aquí.