La Autoridad Bancaria Europea (EBA) ha pedido a la Comisión Europea que analice posibles cambios en MiCA para las empresas de criptoactivos que facilitan a sus clientes el acceso a préstamos de finanzas descentralizadas (DeFi). La consulta de la Comisión permanecerá abierta hasta el 30 de septiembre a las 23:59, hora de verano de Europa Central.
La respuesta de la EBA, fechada el 24 de septiembre, no modifica ninguna norma vigente ni introduce obligaciones nuevas. El organismo reclama un análisis de costes y beneficios sobre distintas medidas aplicables a los servicios de intermediación de préstamos y a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) que conectan a los usuarios con protocolos DeFi mediante una interfaz o un producto de inversión.
El papel de las plataformas que dan acceso a DeFi
El debate parte de una distinción relevante. Un préstamo puede ejecutarse directamente sobre un protocolo en la cadena de bloques, mientras una empresa ofrece la aplicación o la interfaz que permite al cliente llegar hasta él. Para la EBA, esa vía controlada por una compañía debe formar parte de la revisión de la Comisión, aunque todavía no está definido cómo se clasificaría ni qué obligaciones tendría.
El organismo plantea dos cambios principales. El primero consistiría en incorporar la intermediación de préstamos y endeudamiento en criptoactivos a la lista de servicios que pueden prestar los CASP bajo MiCA. El segundo establecería requisitos específicos para las empresas que faciliten el acceso a protocolos de préstamos DeFi, ya sea a través de una interfaz o mediante productos que ofrezcan exposición a este tipo de actividad.
La Comisión tendría que valorar antes la escala de estos servicios, la participación de inversores minoristas y la gravedad de los riesgos asociados. También debería decidir cómo diferenciar entre una interfaz que da acceso a un protocolo, un servicio que intermedia directamente un préstamo y un producto que ofrece exposición a DeFi.
Protección al consumidor y riesgos del endeudamiento
La EBA vincula su petición a varios riesgos para los usuarios. Entre ellos cita la posibilidad de que la información sobre comisiones, rentabilidades o cambios en los requisitos de garantía sea incompleta. También advierte de que el apalancamiento puede amplificar las pérdidas y de que pueden producirse problemas por la mezcla de fondos, interrupciones del servicio, ataques informáticos o registros deficientes.
El documento señala además que en estos servicios pueden no realizarse comprobaciones sobre la solvencia del cliente, lo que eleva el riesgo de sobreendeudamiento. Entre las medidas que la Comisión podría estudiar figuran pruebas para determinar si un usuario es adecuado para participar, límites al apalancamiento y obligaciones de información más completas.
Para los servicios que simplemente faciliten el acceso a protocolos DeFi, la EBA propone advertencias adicionales cuando la actividad se desarrolle en un protocolo realmente descentralizado y, por tanto, pueda carecer de las salvaguardas habituales de la regulación. También plantea estudiar una certificación que permita evaluar la resistencia de los protocolos frente a ciberataques.
La EBA contempla asimismo una restricción para determinados criptoactivos cuyos emisores no cuenten con la autorización exigida por MiCA. Los CASP podrían tener prohibido intermediar o facilitar préstamos relacionados con activos que encajen en la definición de tokens referenciados a activos o tokens de dinero electrónico si no existe un emisor autorizado.
La consulta no resuelve aún el tratamiento regulatorio
Las distintas vías de acceso ya existen en el mercado. La guía de préstamos de MetaMask describe el acceso desde su aplicación a fondos de monedas estables de Aave, mientras que Aave explica que su protocolo puede utilizarse mediante su propia interfaz, otras aplicaciones o la interacción directa con contratos inteligentes.
Estos ejemplos muestran las diferentes formas de llegar a la infraestructura de préstamos, pero no determinan si una función concreta está disponible para clientes de la Unión Europea ni cómo se clasificaría a sus operadores bajo una futura norma. Tampoco resuelven si el uso directo de un contrato inteligente quedaría sujeto a obligaciones distintas.
Las respuestas recibidas hasta el 30 de septiembre servirán para elaborar el informe de la Comisión sobre la aplicación de MiCA y la evolución de los mercados de criptoactivos. Bruselas ha indicado que podría acompañar ese informe de una propuesta legislativa si considera que está justificado. Hasta entonces, las propuestas de la EBA dibujan una posible frontera regulatoria en los puntos de acceso a los préstamos DeFi, pero su alcance y sus requisitos siguen pendientes de decisión.










