La SEC y la CFTC han habilitado vías limitadas para facilitar el acceso a mercados vinculados a las criptomonedas, apenas dos días después de que el Senado de Estados Unidos bloqueara el avance de la ley CLARITY. La primera permitirá probar durante cinco años la negociación de acciones estadounidenses tokenizadas en plataformas con acceso restringido; la segunda amplía la protección regulatoria para determinados proveedores de software que conecten a sus usuarios con mercados de derivados ya regulados.
Las dos medidas aprovechan competencias existentes de los reguladores, pero no sustituyen una ley de estructura de mercado. Son permisos condicionados, con alcance concreto y, en el caso de la CFTC, basados en una posición del personal de la agencia que puede modificarse o retirarse.
La SEC limita la negociación de acciones tokenizadas
El 15 de septiembre, el Senado votó 49-50 contra la clausura del debate sobre la moción para iniciar la tramitación de H.R. 3633, el proyecto asociado a la ley CLARITY. Fue un fracaso procesal que impidió avanzar el texto, no una votación definitiva sobre sus méritos.
Dos días después, el presidente de la SEC, Paul Atkins, presentó una exención de innovación basada en la autoridad vigente de la Comisión. La medida crea la categoría de «plataforma de valores tokenizados» —Tokenized Securities Venue, o TSV—. Una plataforma que cumpla las condiciones podrá poner en contacto a compradores y vendedores mediante fondos de liquidez de creadores de mercado automatizados con acceso restringido, sin quedar considerada una bolsa a efectos de la Ley de Mercado de Valores.
La autorización estará vigente hasta el 17 de septiembre de 2031, salvo que la SEC la modifique antes. Su alcance es deliberadamente reducido. En conjunto, una TSV y sus entidades afiliadas podrán ofrecer hasta 75 acciones de nivel 1, con un límite de negociación equivalente al 0,25% del volumen medio diario de acciones de cada valor durante el mes anterior. Para las acciones de nivel 2, el máximo será de 250 valores y el 2,5% de ese volumen medio diario.
Los activos elegibles deberán conservar los derechos económicos y de gobierno de las acciones tradicionales equivalentes, incluidos los dividendos y el voto. Quedan fuera los tokens que solo ofrezcan exposición sintética, así como derechos, warrants, emisiones primarias y ofertas iniciales.
Los emisores también tendrán capacidad de veto. Antes de negociar una acción tokenizada por un tercero no afiliado, la plataforma deberá avisar a la empresa emisora y esperar al menos 30 días naturales. Si recibe una objeción dentro de ese plazo, el valor no podrá negociarse en esa TSV.
Aunque la cadena de bloques utilizada podrá ser pública y sin permisos, el mercado no lo será. Las plataformas deberán fijar criterios de acceso, verificar a los participantes o sus direcciones de cartera y explicar en qué casos pueden denegar o limitar la entrada. Los contratos inteligentes tendrán que ser públicos y auditables, mientras que la TSV conservará la responsabilidad sobre la verificación delegada.
La CFTC mantiene el control en los mercados de derivados
La CFTC actuó el mismo día mediante la carta 26-25, que amplía a otros proveedores de software una protección concedida en marzo a Phantom. La medida permite a proveedores pasivos mostrar datos de mercado y posiciones, promocionar contratos de derivados y empresas registradas, captar usuarios, recibir determinados pagos y transmitir órdenes iniciadas por los clientes sin registrarse como intermediarios introductores para esas actividades.
El margen es estrecho. El proveedor no puede custodiar activos de clientes, generar señales expresas de compra o venta ni decidir cómo o dónde se ejecutan las órdenes. Además, los usuarios deberán abrir su relación directamente con un mercado de contratos designado, un comerciante de futuros registrado o un intermediario introductor, y tendrán que poder contactar con esa entidad sin pasar por el proveedor de software.
El dinero utilizado como garantía permanecerá en una organización de compensación de derivados o en un comerciante de futuros miembro de una cámara de compensación. La carta también exige controles sobre conflictos de interés, riesgos, publicidad, conservación de registros y comunicaciones regulatorias. El proveedor será responsable conjuntamente con cada entidad registrada de las infracciones relacionadas con la actividad cubierta.
Dos experimentos, no una nueva estructura de mercado
Las medidas resuelven problemas distintos. La SEC abre un marco temporal para probar valores tokenizados bajo límites de activos, volumen y oposición del emisor. La CFTC facilita la interfaz de acceso a derivados, pero deja la contratación, la incorporación de clientes y la custodia dentro de la infraestructura regulada.
Ninguna de las dos actuaciones concede un derecho general e incondicional a operar en estos mercados. La carta 26-25 refleja la opinión de una división de la CFTC, no una decisión vinculante de toda la Comisión, y puede ser modificada, suspendida o terminada. Su vigencia concluirá antes si entran en vigor nuevas normas o directrices relevantes.
Por ahora, ninguna de las dos agencias ha identificado empresas comprometidas a lanzar productos al amparo de estas vías. Su alcance real dependerá de que aparezcan operadores dispuestos a asumir los límites, de la liquidez que consigan reunir y de la reacción de los emisores y de los reguladores. Las iniciativas demuestran que el acceso cripto puede ampliarse sin una nueva ley, pero no ofrecen la uniformidad ni la seguridad jurídica que habría proporcionado una legislación de estructura de mercado.










