La Commodity Futures Trading Commission (CFTC) ha actualizado su guía sobre activos digitales y tecnología blockchain para aclarar dos cuestiones relevantes para las entidades reguladas en Estados Unidos: la posibilidad de invertir fondos de clientes en activos tokenizados y el uso de redes blockchain para conservar determinados registros regulatorios.
La actualización, publicada el 24 de septiembre, no crea una nueva categoría de activos ni elimina las obligaciones vigentes. Su enfoque es más concreto: precisar cómo pueden utilizarse herramientas basadas en blockchain dentro de estructuras financieras que ya están sometidas a la supervisión de la CFTC.
Los activos tokenizados deberán mantener la equivalencia jurídica
La agencia señala que las firmas bajo su supervisión pueden invertir fondos de clientes en la versión tokenizada de un activo que ya sea una inversión permitida, siempre que se cumplan determinadas condiciones.
La principal es que el token proporcione al titular derechos legales y económicos iguales o funcionalmente equivalentes a los que tendría quien poseyera el activo en su formato tradicional. También debe garantizarse una custodia adecuada.
La precisión resulta importante porque no toda representación digital que siga el precio de un activo convencional ofrece necesariamente los mismos derechos. Por tanto, la tokenización no convierte automáticamente un activo en admisible para una entidad regulada. El análisis dependerá de las características jurídicas y económicas del token y de la forma en que se mantenga.
La CFTC ya había abordado parte de estas cuestiones en diciembre de 2025, mediante la Staff Letter 25-39, centrada en el uso de activos tokenizados como garantía en operaciones de futuros y swaps. Aquel documento incluía aspectos como liquidez, calidad crediticia, exigibilidad legal, custodia, control, valoración y gestión de riesgos. La nueva actualización amplía el marco al tratamiento de los activos tokenizados como inversiones de fondos de clientes.
La blockchain podrá formar parte del registro regulatorio
El segundo cambio afecta a la infraestructura tecnológica. El personal de la CFTC indicó que no objetaría el uso de blockchain o de tecnología de registros distribuidos para crear y mantener registros en cadena que permitan cumplir las obligaciones de conservación de información y datos regulatorios.
Esto significa que, en determinados escenarios, una empresa regulada podría utilizar el propio registro distribuido como parte del sistema destinado a demostrar, conservar y recuperar la información exigida por las normas. La cuestión ya no es simplemente si una compañía puede emplear blockchain, sino si la red y los controles asociados permiten cumplir adecuadamente las obligaciones regulatorias.
La guía distingue entre redes privadas y públicas. En una blockchain privada, la entidad podría no tener que conservar una copia adicional de los registros fuera de la red, dependiendo de las condiciones aplicables. En las redes públicas y permissionless, en cambio, deberá contar con sistemas que permitan conservar y producir los registros en cualquier circunstancia, incluidas las situaciones de emergencia o interrupción de la red.
La descentralización, por tanto, no exime a las empresas de sus responsabilidades. Que los datos sean visibles públicamente no garantiza por sí solo que se cumplan los requisitos de conservación documental, acceso, integridad y recuperación.
Más claridad regulatoria mientras el Congreso sigue bloqueado
La decisión llega en un momento de creciente interés por la tokenización de activos financieros en Estados Unidos. En marzo de 2026, la CFTC publicó una primera ronda de preguntas frecuentes sobre criptoactivos y tecnología blockchain. La SEC y la propia CFTC también difundieron ese mes una interpretación conjunta sobre la aplicación de las leyes federales de valores a determinados criptoactivos y operaciones relacionadas.
El movimiento se produce además después de que el Senado no lograra avanzar el CLARITY Act. El 15 de septiembre, el proyecto obtuvo 50 votos a favor y 49 en contra, sin alcanzar los 60 necesarios para continuar su tramitación. La iniciativa pretendía establecer un marco más amplio para los activos digitales y delimitar las competencias de la SEC y la CFTC.
En ausencia de una legislación integral, los reguladores están utilizando sus competencias actuales para resolver cuestiones concretas. La CFTC permite así que ciertos instrumentos tokenizados y registros onchain se integren en operaciones tradicionales, pero mantiene intactas las exigencias de custodia, control, segregación, gestión de riesgos y conservación de información.
La señal para el mercado es clara, aunque limitada: la tecnología blockchain puede incorporarse a los mercados regulados cuando ofrece una equivalencia funcional y permite cumplir las normas existentes. La tokenización cambia la infraestructura de una operación, no sus obligaciones regulatorias.










